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Normativa · Producto

Ley de Ciberresiliencia (CRA): qué tiene que hacer una pyme que fabrica software o equipos conectados.

Si tu empresa vende un programa, una aplicación o un equipo que se conecta a una red, el Reglamento (UE) 2024/2847 te afecta como fabricante. Una parte ya se aplica desde el 11 de septiembre de 2026. Aquí está lo que obliga hoy, lo que llega en diciembre de 2027 y por dónde empezar.

Equipo de Protegemos Tu Pyme15 min de lectura
En esta guía · 11 apartados

¿Qué es la Ley de Ciberresiliencia y a quién se aplica?

Es el Reglamento (UE) 2024/2847, conocido como CRA. Se aplica a los productos con elementos digitales, programas o equipos, que se comercializan en la UE y se conectan directa o indirectamente a un dispositivo o a una red (artículo 2.1). Obliga sobre todo al fabricante, y también a importadores y distribuidores.

El nombre oficial es Reglamento de Ciberresiliencia; «ley» es como se busca. Es un reglamento europeo: se aplica directamente en España, sin esperar a una ley que lo transponga, al contrario que la NIS2.

Un «producto con elementos digitales» es software o hardware, con sus soluciones de tratamiento de datos a distancia (artículo 3.1). Entra una aplicación que vendes, un programa de gestión instalable, un equipo industrial con conexión o un dispositivo para el hogar. Las funciones en la nube que el fabricante presta para que su producto funcione también entran. El software como servicio que no forma parte de un producto queda fuera, y lo cubre la NIS2 si la empresa es mediana o grande, como explica el propio reglamento en sus considerandos.

Eres fabricante si desarrollas o fabricas el producto, o te lo fabrican, y lo comercializas con tu nombre o tu marca, cobres por él o no (artículo 3.13). Un importador o un distribuidor que lo vende con su marca, o que lo modifica sustancialmente, pasa a tener las obligaciones del fabricante (artículo 21).

  • Fuera por tener norma propia: productos sanitarios y de diagnóstico in vitro, vehículos de motor homologados, productos aeronáuticos certificados y equipos marinos (artículo 2, apartados 2 a 4).
  • Fuera también: las piezas de recambio idénticas a la original y los productos hechos solo para seguridad nacional o defensa (artículo 2, apartados 6 y 7).
  • Dentro, aunque sea gratis: la comercialización incluye el suministro gratuito en el curso de una actividad comercial (artículo 3).

¿Qué fechas de la Ley de Ciberresiliencia se aplican ya?

Dos de las tres fechas de aplicación ya han pasado (artículo 71). Desde el 11 de junio de 2026 rigen las reglas de los organismos de evaluación, y desde el 11 de septiembre de 2026, la notificación del artículo 14. Todo lo demás se aplica el 11 de diciembre de 2027.

Las fechas de la Ley de Ciberresiliencia
  1. 20-11-2024

    Publicación en el Diario Oficial de la UE

  2. 10-12-2024

    Entrada en vigor

    A los veinte días de su publicación (artículo 71.1).

  3. 11-06-2026

    Se aplica el capítulo IV

    Artículos 35 a 51: los organismos notificados que evalúan la conformidad.

  4. 11-09-2026

    Se aplica el artículo 14

    Notificación de vulnerabilidades aprovechadas activamente e incidentes graves. Ya obliga.

  5. 11-12-2027

    Se aplica todo lo demás

    Requisitos del anexo I, documentación técnica, declaración UE de conformidad y marcado CE.

Fuente: Reglamento (UE) 2024/2847 (Reglamento de Ciberresiliencia), arts. 2, 3, 13, 14, 16, 21, 64, 69 y 71 y anexo I, consultado el .

La Comisión Europea publicó el 27 de julio de 2026 una guía práctica para ayudar a fabricantes y empresas de cualquier tamaño a cumplir. Y ENISA puso en marcha la primera versión de la plataforma por la que se notifica el 11 de septiembre de 2026, el mismo día en que empezó la obligación.

¿Qué tiene que notificar un fabricante desde el 11 de septiembre de 2026?

Las vulnerabilidades aprovechadas activamente en su producto y los incidentes graves que afecten a su seguridad (artículo 14). Para cada una, alerta temprana en 24 horas y notificación en 72. El informe final llega 14 días después de la corrección, en una vulnerabilidad, o un mes después de la notificación, en un incidente.

Los plazos de notificación del artículo 14
  1. 0 h

    Tienes conocimiento de la vulnerabilidad o del incidente

    Todos los plazos cuentan desde aquí, no desde que ocurrió.

  2. 24 h

    Alerta temprana

    Con los Estados miembros donde sabes que se vende tu producto; si es un incidente, si sospechas de un acto malintencionado.

  3. 72 h

    Notificación

    Información general del producto, naturaleza del fallo y medidas correctoras, tuyas y de los usuarios.

  4. 14 días tras la corrección

    Informe final de una vulnerabilidad

    Gravedad, quién la ha aprovechado si se sabe, y la actualización de seguridad disponible.

  5. 1 mes tras la notificación

    Informe final de un incidente grave

    Descripción detallada, causa probable y medidas aplicadas.

Fuente: Reglamento (UE) 2024/2847 (Reglamento de Ciberresiliencia), arts. 2, 3, 13, 14, 16, 21, 64, 69 y 71 y anexo I, consultado el .

Qué cuenta como cada cosa
TérminoQué dice el reglamento
Vulnerabilidad aprovechada activamenteAquella de la que hay pruebas fiables de que alguien malintencionado la ha aprovechado en un sistema sin permiso de su propietario (artículo 3.42)
Incidente graveEl que afecta o puede afectar a la capacidad del producto de proteger datos o funciones importantes, o el que ha llevado o puede llevar a ejecutar código malicioso en el producto o en los sistemas del usuario (artículo 14.5)
Fuente: Reglamento (UE) 2024/2847 (Reglamento de Ciberresiliencia), arts. 2, 3, 13, 14, 16, 21, 64, 69 y 71 y anexo I, consultado el .

La notificación va a la vez al CSIRT coordinador del país donde tienes tu establecimiento principal y a ENISA, siempre por la plataforma única de notificación (artículos 14.7 y 16). Para España, la lista de CSIRT coordinadores de ENISA remite a INCIBE-CERT. Además, tienes que informar a los usuarios afectados y de las medidas que pueden tomar (artículo 14.8).

¿Se aplica la Ley de Ciberresiliencia a productos que ya vendías antes de 2027?

La obligación de notificar, sí: el artículo 69.3 la extiende a todos los productos del ámbito introducidos en el mercado antes del 11 de diciembre de 2027. El resto de requisitos solo alcanza a esos productos si, a partir de esa fecha, sufren una modificación sustancial (artículo 69.2).

Una modificación sustancial es un cambio, después de la puesta en el mercado, que afecta al cumplimiento de los requisitos de seguridad del anexo I o que cambia la finalidad para la que se evaluó el producto (artículo 3.30). Según los considerandos, no lo es una actualización de seguridad que reduce el riesgo sin cambiar la finalidad del producto, ni una mejora menor como nuevos idiomas en la interfaz. Sí puede serlo una actualización que cambia las funciones originales o añade características que amplían la superficie de ataque. En caso de duda, consúltalo antes de lanzarla.

Qué te aplica según cuándo pusiste el producto en el mercado
SituaciónNotificación del artículo 14Requisitos del anexo I y marcado CE
En el mercado antes del 11-12-2027, sin cambiosSí, desde el 11-09-2026No
En el mercado antes del 11-12-2027, con una modificación sustancial posteriorSí, desde el 11-09-2026Sí, desde la modificación
Puesto en el mercado desde el 11-12-2027SíSí, antes de venderlo

¿Qué requisitos tendrá que cumplir tu producto en diciembre de 2027?

Los del anexo I. Tu producto tendrá que salir sin vulnerabilidades aprovechables conocidas, con configuración segura por defecto y con actualizaciones de seguridad gratuitas. Tendrás que gestionar sus vulnerabilidades durante un periodo de soporte de al menos cinco años, con una lista de sus componentes de software y un punto de contacto para avisos.

Los requisitos del anexo I, en resumen
Anexo IQué pideQué supone para una pyme
Parte I, 2.aComercializarlo sin vulnerabilidades aprovechables conocidasRevisar los fallos conocidos antes de cada versión
Parte I, 2.bConfiguración segura por defectoPor ejemplo, sin contraseñas iguales en todas las unidades ni servicios abiertos que no hagan falta
Parte I, 2.cQue los fallos se puedan corregir con actualizaciones de seguridadUn mecanismo de actualización, automático por defecto cuando proceda
Parte I, 2.d a 2.fControl de acceso, confidencialidad e integridad de los datosAutenticación y cifrado de los datos en reposo y en tránsito
Parte I, 2.l y 2.mRegistro de la actividad relevante y borrado seguro de datosQue quede registro de accesos y cambios, y que el usuario pueda borrar todos sus datos
Parte II, 1Lista de componentes del software en formato legible por máquinaSaber qué componentes de terceros lleva cada versión
Parte II, 5 y 6Política de divulgación coordinada y dirección de contacto para avisosUna página y un buzón para quien encuentre un fallo
Parte II, 8Actualizaciones de seguridad sin demora y gratuitasPublicarlas con un aviso de qué hacer
Fuente: Reglamento (UE) 2024/2847 (Reglamento de Ciberresiliencia), arts. 2, 3, 13, 14, 16, 21, 64, 69 y 71 y anexo I, consultado el .

El artículo 13 añade lo que rodea al producto: una evaluación de riesgos documentada, un periodo de soporte de al menos cinco años (menos solo si el producto se usará menos tiempo), cada actualización de seguridad disponible durante diez años, la fecha de fin de soporte visible al comprar, un punto de contacto único, la documentación técnica guardada diez años, la declaración UE de conformidad y el marcado CE.

La «nomenclatura de materiales de los programas informáticos», como la llama el reglamento (artículo 3.39), es la lista de componentes con su procedencia: lo que en inglés se conoce como SBOM. Mantener al día las actualizaciones de seguridad de esos componentes es la mitad del trabajo.

¿Qué multas prevé la Ley de Ciberresiliencia?

Hasta 15 millones de euros o el 2,5 % de la facturación mundial anual, la cifra mayor, por incumplir los requisitos esenciales o los artículos 13 y 14. Hasta 10 millones o el 2 % por otras obligaciones, y hasta 5 millones o el 1 % por dar información incorrecta a las autoridades (artículo 64).

Las multas máximas del artículo 64
Qué se incumpleHastaO, si es mayor
Requisitos esenciales del anexo I y obligaciones de los artículos 13 y 1415.000.000 €2,5 % de la facturación anual mundial
Obligaciones de importadores, distribuidores, marcado CE, documentación y otras10.000.000 €2 % de la facturación anual mundial
Información incorrecta, incompleta o engañosa a organismos o autoridades5.000.000 €1 % de la facturación anual mundial
Son máximos. Cada Estado fija su régimen de sanciones (artículo 64.1) y la cuantía tiene en cuenta el tamaño de la empresa (64.5.c). Fuente: Reglamento (UE) 2024/2847 (Reglamento de Ciberresiliencia), arts. 2, 3, 13, 14, 16, 21, 64, 69 y 71 y anexo I, consultado el .

Pequeña empresa, para el reglamento, es la que define la Recomendación 2003/361/CE: menos de 50 personas y una facturación o un balance de 10 millones de euros o menos. Es la misma recomendación que marca el umbral de la NIS2.

¿Qué diferencia hay entre la Ley de Ciberresiliencia y la NIS2?

La NIS2 regula a la empresa: cómo gestiona la seguridad de sus sistemas. La Ley de Ciberresiliencia regula el producto que vende: cómo se diseña, se mantiene y se notifica un fallo. Una empresa de software puede estar en las dos: en una por tamaño y sector, en la otra por lo que vende.

Ley de Ciberresiliencia frente a NIS2
SituaciónLey de CiberresilienciaNIS2
Qué regulaEl producto con elementos digitalesLa gestión de la seguridad de la organización
A quiénFabricantes, importadores y distribuidores, sin umbral de tamañoMedianas y grandes empresas de los sectores de sus anexos, y algunas más
Tipo de normaReglamento: se aplica directamenteDirectiva: necesita una ley española, aún pendiente
Qué se notificaVulnerabilidades aprovechadas e incidentes graves del productoIncidentes significativos de la organización
Plazos24 h, 72 h y 14 días o un mes24 h, 72 h y un mes
Software como servicioSolo si es una función a distancia del propio productoSí, como servicio de computación en nube

Los plazos de la NIS2 están en su artículo 23.4 y su alcance en el artículo 2.1. En España la directiva aún no se ha transpuesto: el detalle, en el estado de la NIS2 en España. Si vendes software o servicios gestionados, mira también qué dice la NIS2 de las empresas de servicios informáticos.

¿Por dónde empieza una pyme que fabrica software o equipos conectados?

Por lo que ya obliga: saber qué productos tiene en el mercado de la UE y en qué países, tener un canal para recibir avisos de fallos, escribir quién notifica en 24 y 72 horas y registrarse en la plataforma de ENISA. Para 2027, la lista de componentes y el periodo de soporte.

Lo que necesitas ya y lo que necesitarás en 2027

Desde el 11 de septiembre de 2026

  • Lista de tus productos con elementos digitales en el mercado de la UE y en qué países se venden
  • Un canal para recibir avisos de vulnerabilidades, conocido por clientes e investigadores
  • Procedimiento de 24 y 72 horas: quién valora, quién decide y quién notifica, con suplente
  • Alta en la plataforma única de ENISA, hecha antes de necesitarla
  • Cómo avisarás a los usuarios afectados y qué medidas les darás

Antes del 11 de diciembre de 2027

  • Evaluación de riesgos documentada de cada producto
  • Lista de componentes del software de cada versión
  • Periodo de soporte decidido y su fecha final publicada
  • Política de divulgación coordinada de vulnerabilidades
  • Documentación técnica, declaración UE de conformidad y marcado CE

El procedimiento de 24 y 72 horas se parece mucho a un plan de respuesta a incidentes, con una diferencia: aquí el incidente puede estar en casa de tu cliente, no en la tuya. Si fabricas equipos, la guía de ciberseguridad en la industria cubre la parte de tu propia planta.

Lo que esta guía no cubre

  • No es asesoramiento jurídico: si tu producto está dentro del ámbito, qué es una modificación sustancial o el alcance del artículo 64.10 los confirma un abogado.
  • No cubre las categorías de productos importantes y críticos ni los procedimientos de evaluación de la conformidad que les corresponden.
  • No cubre el régimen de los administradores de programas de código abierto.

Preguntas frecuentes

¿La Ley de Ciberresiliencia se aplica a una web o a una aplicación a medida para un cliente?

Una web que no da funcionalidad a un producto queda fuera, según los considerandos del reglamento. Un programa a medida que se entrega e instala puede ser un producto con elementos digitales; consúltalo caso por caso.

¿Tengo que notificar una vulnerabilidad que nadie ha aprovechado?

No es obligatorio: el artículo 14 obliga cuando hay pruebas fiables de que se ha aprovechado. Puedes notificarla de forma voluntaria (artículo 15), y desde 2027 el anexo I te obliga a corregirla sin demora.

¿Qué pasa si dejo de dar soporte a un producto antiguo?

Desde 2027, el periodo de soporte es de al menos cinco años y su fecha final tiene que ser visible al comprar. La obligación de notificar, en cambio, ya alcanza a todo lo que esté en el mercado.

Fuentes

Registro de cambios

  • : Publicación.

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